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DECRETO SUPREMO Nº 10337

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, por Resolución Suprema Nº 163165 de 16 de junio de 1972, se ha autorizado a la Corporación Boliviana de Fomento la adquisición de la firma C. Itoh & Co. Ltd. del Japón de maquinaria y equipos necesarios para la ampliación del Ingenio Azucarero “Stephen Leigh” de Bermejo;

 

Que, en el contrato para la ampliación de dicho Ingenio, se contempla el financiamiento por parte de la misma firma proveedora y el compromiso de pago de la primera cuota del precio a tiempo de la suscripción del mismo;

 

Que, para efectuar este primer pago la Corporación Boliviana de Fomento, debe financiar fondos que posteriormente los cubrirá con el rendimiento de la propia empresa ampliada;

 

Que, el proyecto de ampliación del Ingenio Azucarero “Stephen Leigh” ha sido considerado, después de los informes favorables de los Ministerios de Planificación y Coordinación y de Finanzas, por el Consejo Nacional de Desarrollo, habiendo merecido aprobación de parte de este organismo.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON DICTAMEN FAVORABLE

DEL CONSEJO NACIONAL DE DESARROLLO,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Banco Central de Bolivia a conceder a la Corporación Boliviana de Fomento un préstamo por la suma de SETECIENTOS MIL 00/100 DOLARES AMERICANOS (Sus. 700.000.-), con destino al pago de la primera cuota del precio de la ampliación del Ingenio Azucarero “Stephen Leigh” de Bermejo.

 

ARTÍCULO 2.- Las condiciones del crédito serán acordadas entre el Instituto Emisor y la Corporación Boliviana de Fomento, a tiempo de suscribir el respectivo documento de contrato.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas, de Planificación y Coordinación y de Industria y Comercio, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de julio de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Hugo Gonzales Rioja, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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