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DECRETO SUPREMO Nº 10300

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que, el Presupuesto consolidado del Sector Público, correspondiente a la Gestión Fiscal de 1972, ha sido aprobado mediante Decreto Supremo N° 10248 de 9 de mayo del año en curso, estableciéndose nuevas normas para su ejecución a cargo de los Ministerios y Entidades descentralizadas;

 

Que, en el caso del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, se ha dispuesto la reestructuración de los cuadros del Servicio Exterior de la República, para lo cual es de fundamental importancia adecuar la distribución presupuestaria a las necesidades establecidas por dicha reorganización;

 

Que, en consecuencia, y en vía de excepción es necesario autorizar a dicha Secretaría de Estado, paro que suprima el cargo de Ministro Consejero de la Embajada de Bolivia en la República de la Argentina y en su reemplazo, se crée los cargos de Segundo y Tercer Secretario y Agregado Civil.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A :

 

ARTÍCULO 1.- En vía de excepción a lo dispuesto por lo establecido en el Decreto Supremo Nº 10248, autorízase al Ministerio de Relaciones Exteriores suprimir el cargo de Consejero de la Embajada de Bolivia en la República Argentina, que para la presente gestión consigna la suma de Sus.- 1.058.- para el pago de haberes mensuales.

 

ARTÍCULO 2.- En remplazo, créanse los cargos de Segundo Secretario, Tercer Secretario y Agregado Civil de la Embajada de Bolivia en la República Argentina, debiendo cancelarseles haberes, en en la siguiente forma:

 

Haber

GASTOS DE REPRESENTACION

 

Segundo Secretario

Tercer Secretario

Agregado Civil

Total

 

 

$us. 200.-

$us. 130.-

$us. 130.-

$us. 460.-

 

 

 

$us. 200.-

$us. 199.-

$us. 199.-

$us. 598.-

 

 

 

 

 

1.058

 

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de junio de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Edwin Rodríguez Aguirre, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Mario Méndez Elias, Ciro Humbolt Barrero, Héctor Ormachea Peñaranda, Hugo Gonzáles Rioja, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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