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DECRETO SUPREMO N° 10087

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que. mediante Decreto Supremo N°-10025 de 3 de diciembre de 1971, se autorizó la suscripción de un contrato de construcción de infraestructura del tramo caminero entre la ciudad de Sucre y el aeropuerto “El Alto Tucsupaya” entre el Servicio Nacional de Caminos y el Comando de Ingeniería del Ejército con intervención de la Secretaría General de la Presidencia de la República y el Departamento de Coordinación y Control de Proyectos;

 

Que, para la ejecución de dicho contrato, el Comando de Ingeniería del Ejército requiere con carácter de urgencia renovar parte de su equipo pesado actualmente en mal estado.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Comando de Ingeniería del Ejército la adquisición de: Dos tractores, dos mototrailas, tres compactadoras, una pala cargadora, seis camiones volquetas, previa licitación y demás formalidades legales pertinentes, con fondos propios.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Defensa Nacional, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de enero de mil novecientos setenta y dos años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Mario Adett Zamora, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Julio Prado Salmón, Sergio Leigue Suárez, Ambrosio García Rivera, Carlos Valverde Barbery, Mario Méndez Elías, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Roberto Capriles Gutiérrez, Edmundo Nogales Ortíz, Héctor Ormachea Peñaranda, Hugo González Rioja, Alfredo Arce Carpio.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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