TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 10057

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº - 09900, de 15 de septiembre de 1971, se constituye una Comisión encargada del estudio y elaboración de un plan integral relativo no sólo a la explotación, beneficio y fundición del hierro, en escala nacional, sino a la complementación del ciclo con la Industria siderúrgica;

 

Que, la Secretaría Permanente de la indicada Comisión ha presentado el Presupuesto de gastos de la misma, por los meses de noviembre y diciembre de 1971, por lo que es necesario dotarla de los recursos requeridos, mediante la aprobación de un Presupuesto Adicional.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional Nº 2 para el Ministerio de Minería y Metalurgía, correspondiente al ejercicio financiero de 1971, para su vigencia durante los meses de noviembre y diciembre del año en curso, de conformidad al siguiente detalle:

 

INGRESO

 

(En Pesos Bolivianos)

 

FINANCIAMIENTO POR ORIGEN DE LOS RECURSOS:

 

CODIGO

FUENTE

PRESUPUESTO

1971

 

1

 

NACIONALES

 

48.089.50

 

1

 

Tesoro Nacional

 

48.089.50

 

 

T O T A L

 

48.089.50

 

 

 

EGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

 

CLASIFICACION POR OBJETO DE GASTO:

 

CODIGO

DESCRIPCION

PRESUPUESTO

1971

 

100

 

SERVICIOS PERSONALES

 

22.200.-

 

110

 

Empleados Permanentes

 

22.200.-

 

111

 

Haberes Básicos

 

1.194.-

113

Bonos

13.606.-

116

Aguinaldo

7.400.-

 

200

 

SERVICIOS NO PERSONALES

 

8.089.50

 

400

 

ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

 

17.800.-

431

Equipo de oficina y muebles

17.800.-

 

 

TOTAL :

 

48.089.50

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Minería y Metalurgia y de Finanzas, quedan a encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, los veintisiete días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y un años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Raúl Lema Peláez, Sergio Leigue Suarez, José Gil Reyes, Ambrosio García Rivera, Carlos Serrate Reich, Augusto Mendizabal Moya, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|