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DECRETO SUPREMO N° 10042

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Consejo Nacional de Desarrollo en su reunión de 11 de noviembre del año en curso, resolvió otorgar un soporte presupuestario de $b. 16.200.000.- a la Empresa Nacional de Ferrocarriles a fin de cubrir su déficit de operación;

 

Que, el Supremo Gobierno, en atención a que dicha Empresa debe cumplir con obligaciones perentorias relativas al pago de haberes, prima y aguinaldo en favor de su personal, juzga conveniente aprobar un presupuesto adicional para esa entidad, con cargo a recursos del tesoro nacional;

 

Que, debido a la difícil situación financiera que actualmente confronta el Tesoro Nacional, y habiéndose estudiado detenidamente la posibilidad de financiamiento para la Empresa Nacional de Ferrocarriles, se ha visto por conveniente otorgar solamente la suma de $b. 7.775.000.- con cargo a1 referido total de $b. 16.200.000.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el presupuesto adicional para el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, correspondiente a la gestión vigente, con destino a la Empresa Nacional de Ferrocarriles, de conformidad al siguiente detalle:

 

INGRESOS
(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos

 

Código

F u e n t e

Presupuesto Adicional

1971

1

NACIONALES

7.775.000.-

 

 

 

1.-

Tesoro Nacional

7.775.000.-

 

T o t a l :

7.775.000.-

 

 

EGRESOS

(En Pesos Bolivianos)

 

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

Código

D e s c r i p c i ó n

Propuesta

Adicional

1971

700

TRANSFERENCIAS

7.775.000.-

720

Transferencias Corrientes al Sector Público

7.775.000.-

724

Empresa Públicas y Mixtas

7.775.000.-

 

Empresa Nacional de Ferrocarriles

7.775.000.-

 

 

 

 

T o t a l :

7.775.000.-

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes y Comunicaciones y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos setenta y un años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Raúl Lema Peláez, Hugo Gonzalez Rioja, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Ambrosio García Rivera, Carlos Serrate Reich, Hèctor Ormachea Peñaranda, Roberto Capriles Gutiérrez, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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