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DECRETO SUPREMO N° 09995

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo N° 09914 de 17 de septiembre de 1971, se creó una Comisión Especial encargada de estudiar y determinar las bases técnicas, financieras y administrativas, esquema de prestaciones y las modalidades de aplicación del Seguro Social Campesino;

 

Que, para el cumplimiento de las funciones encomendadas a la referida Comisión, se hace necesario dotarle de recursos económicos, a cuyo efecto es imprescindible la aprobación de su presupuesto.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Presupuesto de la Comisión Especial del Seguro Social Campesino, creada mediante Decreto Supremo Nº 09914 de 17 de septiembre 1971, por el monto de UN MILLON DOSCIENTOS MIL oo/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 1.200.000.-), de los cuales corresponde la suma $b. 542.600.- a la gestión de 1971 y el saldo de $b. 657.400.- a la gestión de 1972.

 

ARTÍCULO 2.- El presupuesto de la Comisión señalada en el artículo precedente, que corresponde al ejercicio financiero de 1971, se aprueba de conformidad al siguiente detalle:

 

INGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

 

Código

 

F u e n t e

Presupuesto

1971 Noviembre

y Diciembre

 

1

 

NACIONALES

 

542.600.-

 

 

 

4

Transferencias

40.000.-

 

 

 

 

Caja Nacional de Seguridad Social

24.000.-

 

Caja de Seguro Social de Trabajadores Petroleros

6.400.-

 

Caja de Seguro Social de Ferrorroviarios y Anexos

4.800.-

 

Caja de Seguro Social de Choferes

4.800.-

5

Otros

502.600.-

5.3

Donación (Fondos de Contrapartida).

542.600.-

 

T o t a l :

502.600.-

 

EGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

Clasificacion por Objeto de Gastos:

 

 

Código

Objeto del Gasto

Presupuesto

1 9 7 1

Noviembre

y Diciembre

 

 

100

 

SERVICIOS PERSONALES

 

102.500.-

120.5.3

Empleados No Permanentes

102.500.-

200

SERVICIOS NO PERSONALES

174.100.-

230

Transporte y Gastos de Viaje

54.800.-

231.5.3

Gastos por Pasajes

23.600.-

232.5.3

Viáticos

31.200.-

250

Alquileres

18.200.-

252.5.3

Equipo de Oficina

5.000.-

252.5.3

Otra Maquinaria y Equipo

13.200.-

260

Mantenimiento y Reparaciones

6.000.-

262.5.3

Equipo

6.000.-

 

290

Otros Servicios No Personales

95.100. -

291.5.3

Asignaciones Globales

55.100. -

291.4

Asignaciones Globales

40.000.- 40.000.-

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

40.000.-

310

Suministros de Oficina y Publicaciones

36.000.-

311.5.3

Papelería

36.000.-

330

Suministros para Construcción y Mantenimiento

4.000.-

331. 5. 3

Lubricantes y Combustibles

4.000.-

400

ACIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

226.000.-

430

Maquinaria y Equipo

226.000.-

431.5.3

Equipo de Oficina y Muebles

66.000.-

433.5.3

Equipo de Transporte, Tracción y Elevación

160 .000. -

 

T o t a l: _______________

542.600.-

 

ARTÍCULO 3.- La comisión Especial del presupuesto durante la gestión 1972, de Seguro Social Campesino, ejecutará su acuerdo al siguiente detalle.

 

INGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

 

Financiamiento por Origen de los Recursos:

 

Código

F u e n t e

Presupuesto

1972

Enero-Abril

 

1

 

NACIONALES

 

657.400.-

4

Transferencias

60.000.-

 

Caja Nacional de Seguridad Social

38.000.-

 

Caja de Seguro Social de Trabajadores Petroleros

9.600.-

 

Caja de Seguro Social de Ferroviarios y Anexos

7.200.-

 

Caja de Seguro Social de Choferes

7.200.-

5

Otros

597.400.-

5.3

Donación (Fondos de Contraparpartida)

597.400.-

 

 

T o t a l:

 

657.400.-

 

EGRESOS

 

(En Pesos Bolivianos)

Clasificación por Objeto del Gasto:

 

 

Código

 

Objeto del Gasto

Presupuesto

1 9 7 2

Enero-Abril

100

SERVICIOS PERSONALES

366.500.-

120.5.3

Empleados No Permanentes

366.500.-

200

SERVICIOS NO PERSONALES

260.900.-

230

Transporte y Gastos de Viaje

82.200.-

231.5.3

Gastos por Pasajes

35.400.-

232.5.3

Viáticos

46.800.-

250

Alquileres

36.100.-

252.5.3

Equipos de Oficina

10.000.-

253.5.3

Otra Maquinaria y Equipo

26.100.-

290

Otros Servicios No Personales

142.600.-

291.5.3

Asignaciones Globales

82.600.-

291 4

Asignaciones Globales

60.000.-

300

MATERIALES Y SUMINISTROS

30.000.-

310

Suministros de Oficina y Publicaciones

24.000.-

311.5.3

Papelería

24.000.-

330

Suministro para Construcción y Mantenimiento

6.000.-

331.5.3

Lubricantes y Combustibles

6.000.-

 

T o t a l:

657.400.-

 

ARTÍCULO 5.- Las remuneraciones de los funcionarios del Sector Público que presten sus servicios a la merituada Comisión, serán autorizadas mediante Resolución Suprema Expresa con sujeción a la Planilla Presupuestaria de Servicios Personales.

 

Los señores Ministros de Estado, en los Despachos de Asuntos Campesinos y Agricultura, y de Finanzas, quedan encargados de la Ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los doce días del mes de noviembre de mil novecientos setenta y un años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario R. Gutiérrez Gutiérrez, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Raúl Lema Peláez, Augusto Mendizabal Moya, Sergio Leigue Suarez, Ciro Humboldt Barrero, Ambrosio García Rivera, Carlos Serrate Reich, Héctor Ormachea Peñaranda, Roberto Capriles Gutiérrez, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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