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DECRETO SUPREMO Nº 09979

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº 09612 de 17 de marzo del año en curso, fue aprobado el Presupuesto Consolidado del Sector Público, correspondiente a la gestión fiscal de 1971.

 

Que, en el Artículo 23 de la Disposición Legal referida, se concedió un plazo para la presentación de los presupuestos de las Empresas públicas, Instituciones Descentralizadas y Gobiernos Locales que no lo hicieron a esa fecha;

 

Que, habiéndose concluído con la elaboración del Presupuesto del Banco Central de Bolivia, corresponde su aprobación por el Supremo Gobierno, regularizando una situación que oportunamente no fue legalizada.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Apruébase el Presupuesto del Banco Central de Bolivia para la gestión fiscal de 1971, de conformidad al siguiente detalle:

 

A.- Resumen de Ingresos y Egresos por Grupos Institucionales.-

 

 

 

Grupo

 

 

 

Ingresos

 

 

Egresos

 

 

Déficit

 

 

 

 

 

 

 

 

IV.-

Empresas Públicas y Mixtas

 

68.815.686.-

 

68.815.686.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

I.- Banco Central de Bolivia

 

68.815.686.-

 

68.815.686.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Totales :

 

68.815.686.-

 

68.815.686.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

B.- Resumen de Ingresos por Organismos y Origen de los Recursos.-

 

Organismos

 

Recursos Propios, Transferencias y Otros

 

Total

 

 

 

 

 

Banco Central de Bolivia

68.815.686.-

 

68.815.686.-

 

 

 

 

 

Totales :

 

68.815.686.-

 

68.815.686.-

C.- Clasificación por grupos Institucionales, Organismos y Presupuestos de Funcionamiento é Inversión.-

 

D e t a l l e

 

Funcionamiento

 

Inversion

 

Total

 

 

 

 

 

 

 

 

IV.-

Empresas Públicas y Mixtas

64.646.146

 

4.169.540.-

 

68.815.686.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Banco Central de Bolivia

64.646.146

 

4.169.540.-

 

68.815.686.-

 

 

 

 

 

 

 

 

 

Totales :

 

64.646.146

 

4.169.540.-

 

68.815.686.-

 

D.- Clasificación del Presupuesto de Inversión por Proyectos y su Financiamiento por Origen de los Recursos.-

 

Organismos y Proyectos

 

Nacionales

 

 

 

 

Recursos Propios, Transferencias y Otros

 

Total

 

 

 

 

 

 

IV.-

Empresas Públicas y Mixtas

 

4.169.540.-

 

4.169.540.-

 

 

 

 

 

 

 

Banco Central de Bolivia

 

4.169.540.-

 

4.169.540.-

 

 

 

 

 

 

 

Construcción de Edificios

 

3.600.000.-

 

3.600.000.-

 

Equipo de Oficina y Muebles

 

569.540.-

 

569.540.-

 

 

 

 

 

 

 

Totales :

 

4.169.540.-

 

4.169.540.-

 

ARTÍCULO 2.- El organismo consignado en el Artículo 1ro. del presente Decreto, queda sujeto en su ejecución presupuestaria a las normas establecidas en el D.S. Nº 09612 de 17 de marzo del año en curso.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de octubre de mil novecientos setenta y un años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Raúl Lema Peláez, Augusto Mendizabal Moya, Sergio Leigue Suarez, Carlos Valverde Barbery, Hugo Gonzalez Rioja, José Gil Reyes, Carlos Serrate Reich, Héctor Ormachea Peñaranda, Roberto Capriles Gutiérrez, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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