TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 09945

CNL DAEM HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Consejo del Plan Regulador de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, mediante su Resolución Nº 02/68 de 8 de julio de 1968 ubica el Centro Cívico-Administrativo dentro de las manzanas 305 y 170 de esa ciudad;

 

Que, el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz, para concentrar sus oficinas y dependencias, tiene proyectado levantar un edificio sobre terrenos propios ubicados entre las calles Beni. 6 de Agosto y 24 de septiembre de la mencionada ciudad. Que tratándose de una edifacición para entidad del sector público descentralizado, resulta más conveniente erigirse en zona destinada al funcionamiento del Centro Cívico-Administrativo;

 

Que, con miras a realizar esa conveniencia el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz y la Misión Bautista han concertado la permuta de un lote de terreno de 2.150 metros cuadrados ubicado sobre las calles Beni y 6 de Agosto, perteneciente al primero por otro lote de terreno de 7.298 metros cuadrados ubicados dentro de la manzana 170 pertenecientes a la segunda;

 

Que, favoreciendo la operación de permuta tanto a los intereses como a la adecuada ubicación de las oficinas del Comité de Obras Públicas, corresponde al Supremo Gobierno autorizar la operación dispensando del pago de impuestos a la mutua transferencia.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorizar la permuta de 7.298 metros cuadrados de terreno ubicado dentro de la Manzana 170 de la ciudad de Santa Cruz por 2.150 metros cuadrados de terreno ubicado sobre las calles Beni y 6 de Agosto de la misma ciudad, concertado entre la Misión Bautista y el Comité de Obras Públicas de Santa Cruz.

 

ARTÍCULO 2.- Libérase del pago del impuesto de transeferencia por el traspaso mutuo de patrimonio emergentes del presente Decreto Supremo.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Urbanismo y Vivienda y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los seis días del mes de octubre de mil novecientos setenta y un años.

 

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Andrés Selich Shops, Jaime Florentino Mendieta Vargas, Edwin Rodríguez Aguirre, Augusto Mendizabal Moya, Sergio Leigue Suarez, Carlos Valverde Barbery, Hugo Gonzalez Rioja, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Ambrosio García Rivera, Carlos Serrate Reich, Roberto Capriles Gutiérrez, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|