DECRETO SUPREMO
"DÍA DE LA CRUZ ROJA NACIONAL".— Institúyese el 21 de Junio.
MINISTERIO DEL TRABAJO
CORONEL DAVID TORO R.
PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO
CONSIDERANDO:
Que es deber de los poderes públicos estimular los servidos que prestan al país las instituciones patrióticas, que, como la Cruz Roja Nacional, han tenido meritoria y relevante actuación durante la pasada campaña del Chaco;
Que los servicios de la Cruz Roja Nacional no se limitaron a la atención de heridos, enfermos y prisioneros de guerra, sino que, actualmente, abarcan ellos funciones de asistencia social muy importantes a favor de las clases desvalidas y, concretamente, de la madre y el niño desamparados;
DECRETA:
Art. 1o. — Institúyese "Día de la Cruz Roja Nacional" el 21 de junio, destinado a honrar y estimular la función humanitaria y patriótica que desenvuelve aquella organización social.
Art. 2o. — El Miembro de la Junta de Gobierno en el Despacho del Trabajo y Previsión Social, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la dudad de La Paz, a los cuatro días del mes de junio de mil novecientos treinta y siete años.
(FDO). — D. TORO R. — J. Paz Campero. — Tcnl. Viera. — Gral Guillén. — Tabera. — E. Finot. — A. Peñaranda. — A. Ichazo.