TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO

 

EDUCACIÓN FÍSICA.— Créase un curso rápido para la formación de profesores del ramo.

 

MINISTERIO DE EDUCACION

 

CORONEL DAVID TORO R.

PRESIDENTE DE LA JUNTA MILITAR DE GOBIERNO

 

CONSIDERANDO:

 

Que dentro del nuevo plan de organización de Educación Física Escolar, todos los establecimientos de enseñanza fiscal deben tener un profesor especial de esta asignatura;

 

Que, igualmente, los establecimientos particulares de educación están obligados a tener un profesor de Educación Física;

 

Que el número de profesores varones diplomados en el Instituto Superior de Educación Física, es insuficiente para llenar los cargos de nueva creación;

 

DECRETA:

 

Artículo 1°.— Se establece, por esta única vez, y sobre la base de los actuales alumnos del Instituto Superior de Educación Física, un Concurso Rápido de Educación.

 

Artículo 2°.— Los alumnos que se sometan a los reglamentos y venzan el año satisfactoriamente, obtendrán su Diploma de Profesores de Educación Física e Higiene Escolar, gozando de los mismos privilegios y garantías que se otorgan a los profesores.

 

Artículo 3°.— Las condiciones de ingreso a este Curso Rápido, fuera de las exigidas por los Reglamentos del Instituto Superior de Educación Física son las siguientes: A). Poseer título de Bachiller; B). Ser Maestro Normal Diplomado; C). Ser Oficial de Reserva con Título de Bachiller; D). Ser Oficial de Línea.

 

Artículo 4°.— El Reglamento interno de este Curso Rápido sera dictado por la Dirección General de Educación Física.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintinueve días del mes de enero de mil novecientos treinta y siete anos.

 

(Fdo).— D. TORO R.— A. Peñaranda.— Gral. Guillén.— E. Finot.—J. Paz Campero.— Tcnl. Viera.—F. Campero A.— Oscar Moscoso.— F. Tabera.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|