TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 09897

CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el país, después de un período de desorganización ha retornado por el camino del orden, de la Ley y el respeto a sus Instituciones, en procura de una pronta reconstrucción nacional;

 

Que, uno de los principios que sustenta el Gobierno Nacionalista, es el reordenamiento de la República en base a la adecuada vigencia de sus instituciones;

 

Que, mediante D.S. N° 09024 de 1° de diciembre de 1969, fue instituída la Comisión de Moralización é iniciativas Populares, como tribunal sumariante, para conocer delitos económicos contra el Estado, denuncias, quejas y reclamos;

 

Que, el país cuenta con las disposiciones legales suficientes que norman la materia, a través del Código Penal, su Procedimiento y el D.S. N° 04291 de 3 enero de 1956, que se refiere a los delitos contra la Economía Nacional;

 

Que, es deber del Estado evitar el conflicto de jurisdicción y competencia que puede suscitar la duplicidad de organísmos con similitud de atribuciones, vulnerando los principios de nuestra economía jurídica.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Derógase el D.S. N° 09024 de 1° de diciembre de 1969, por el que fue creada la Comisión de Moralización é Iniciativa Populares.

 

ARTÍCULO 2.- Las denuncias, pendientes en la Ex-comisión Moralizadora é iniciativas Populares, pasarán a conocimiento del Ministerio Público.

 

ARTÍCULO 3.- Su presupuesto y personal serán traspasados a la Presidencia de la República, para efectuar una adecuada racionalización.

 

ARTÍCULO 4.- Los bienes archivos y otros efectos pertenecientes a la Ex-comisión de Moralización, serán entregados al señor Jefe Administrativo del Palacio de Gobierno, previa inventariación.

 

El señor Ministro Secretario General, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de septiembre de mil novecientos setenta y un años.

FDO. CNL. DAEM. HUGO BANZER SUAREZ, Mario Gutiérrez Gutiérrez, Andrés Selich Shops, Jaime Florentino Mendieta Vargas Raúl Lema Peláez, Augusto Mendizábal Moya, Sergio Leigue Suárez, Carlos Valverde Barbery, Hugo Gonzales Rioja, Ciro Humboldt Barrero, José Gil Reyes, Ambrosio García Rivera, Carlos Serrate Reich, Héctor Ormachea Peñaranda, Roberto Capriles Gutiérrez, Alfredo Arce Carpio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|