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DECRETO SUPREMO N° 09599

GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ

PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, en el local ocupado por Beneficencia de Señoras ‘Hogar Quevedo”, situado en la Calle Indaburo N° 722 de esta ciudad, se viene construyendo un moderno albergue de ancianas, habiéndose construído ya las dos primeras estapas de esta obra de indudable beneficio social;

 

Que, para la terminación de esta construcción se requiere de la suma de DOSCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 200.000);

 

Que, el Consejo Nacional de Beneficencia y Asistencia Social contribuyó ya en la gestión pasada de 1970, con la suma de DOSCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 200.000.-) y en la actualidad cuenta con otra suma igual que corresponde a economías realizadas en gestiones pasadas.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorizar al Consejo Nacional de Beneficencia y Asistencia Social para que deposite en la “Cuenta del Comité Construcción Hogar Quevedo”, del Banco Central de Bolivia, la suma de DOSCIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 200.000.-) en cuotas escalonadas de CINCUENTA MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS ($b. 50.000.-).

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Finanzas y Secretario General de la Presidencia de la República, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de febrero de mil novecientos setenta y un años.

 

FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Emilio Molina Pizarro, Jorge Gallardo Lozada, Flavio Machicado Saravia, Huáscar Taborga Torrico, Jaime Paz Soldán Pol, Eduardo Méndez Pereyra, Jesús Vía Solíz, Hugo Céspedes Espinoza, Abel Ayoroa Argandoña, Guillermo Aponte Burela, Gustavo Luna Uzquiano, Gastón Lupo Gamarra, Jorge Prudencio Cossío, Mario Velarde Dorado.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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