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DECRETO SUPREMO Nº 09589

GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ

PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, es deber del Gobierno impulsar el desarrollo é integrar las zonas alejadas de los centros de actividad del territorio nacional;

 

Que, las Provincias de Caupolicán é Iturralde tiene un enorme potencial económico, el mismo que debe ser explotado en beneficio de los intereses nacionales;

 

Que, el Ministerio de Defensa Nacional, ha realizado trabajos preliminares estableciendo Destacamentos Agropecuarios en aquella región y ha realizado estudios de prefactibilidad, reconocimiento de la zona, inventario forestal y otros;

 

Que, mediante convenio celebrado entre los Gobiernos de la República Federal de Alemania y de Bolivia, se ha convenido efectuar un estudio integral tendente a crear las bases y objetivos para una racional explotación agropecuaria y forestal de la mencionada zona, en trabajo conjunto de técnicos alemanes y nacionales;

 

Que, es necesario organizar una comisión integrada por personeros de las Secretarías de Estado que cooperarán en los trabajos a realizar en las provincias de Caupolicán é Iturralde y que tendrá como finalidad el estudio de posibilidades de desarrollo de esa zona.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Créase la “Comisión de Estudios” para el Desarrollo de las Provincias Caupolicán é Iturralde, con carácter permanente, integrada por los representantes de los Ministerios de Defensa Nacional, de Asuntos Campesinos y Agricultura, de Industria y Comercio, de Planificación y Coordinación y de Transportes y Comunicaciones, los mismos que nombrarán un representante titular y otro alterno.

 

ARTÍCULO 2.- Se designa Presidente de la mencionada Comisión al señor Ministro de Defensa Nacional y como alterno al Director General de Planiifcación é Ingeniería.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Defensa Nacional, de Asuntos Campesinos y Agricultura, de Industria y Comercio, de Planiifcación y Coordinación y de Transportes y Comunicaciones, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de febrero de mil novecientos setenta y un años.

 

FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Emilio Molina Pizarro, Jorge Gallardo Lozada, David La Fuente Soto, Flavio Machicado Saravia, Huáscar Taborga Torrico, Jaime Paz Soldán Pol, Eduardo Méndez Pereyra, Jesús Vía Solíz, Hugo Céspedes Espinoza, Abel Ayoroa Argandoña, Guillermo Aponte Burela, Gastón Lupo Gamarra, Enrique Mariaca Bilbao, Jorge Prudencio Cossío, Mario Velarde Dorado.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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