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DECRETO SUPREMO Nº 09588

GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ

PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

 

 

CONSIDERANDO:

 

Que, es necesario designar a los representantes del país ante los organismos financieros internacionales, de acuerdo a la nueva estructura que la Ley de Bases del Poder Ejecutivo, asigna a los Ministerios y entidades financieras del sector público.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- A partir de la fecha la representación del Estado Boliviano ante las diferentes organizaciones internacionales, estará encomendada a los siguientes funcionarios:

 

A) Ante el Fondo Monetario Internacional: Gobernador Titular: El Ministro de Finanzas Gobernador Alterno 1° El Presidente del Banco Central de Bolivia. Gobernador Alterno 2° El Subsecretario de Planificación y Coordinación.     B) Ante el Banco de Reconstrucción y Fomento: Gobernador Titular: El Ministro de Finanzas Gobernador Alterno 1° El Presidente del Banco Central de Bolivia. Gobernador Alterno 2° El Subsecretario de Planificación y Coordinación.     C) Ante el Banco Interamericano de Desarrollo: Gobernador Titular: El Ministro de Finanzas. Gobernador Alterno 1° El Presidente del Banco Central de Bolivia. Gobernador Alterno 2° El Subsecretario de Planificación y Coordinación.     D) Ante la Corporación Andina de Fomento: Serie “A”:   Director Titular: El Ministro de Finanzas. Director Alterno: El Presidente del Banco Central de Bolivia.     Serie “B”:   Director Titular: El Presidente de la Corporación Boliviana de Fomento. Director Alterno: El Gerente de la Corporación Boliviana de Fomento.

 

Los señores Ministros de Estado e nlos Despachos de Relaciones Exteriores, de Finanzas, de Planificación y Coordinación y de Industria y Comercio, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diecisiete días del mes de febrero de mil novecientos setenta y un años.

 

FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Emilio Molina Pizarro, Jorge Gallardo Lozada, David La Fuente Soto, Flavio Machicado Saravia, Huáscar Taborga Torrico, Jaime Paz Soldán Pol, Eduardo Méndez Pereyra, Jesús Vía Solíz, Hugo Céspedes Espinoza, Guillermo Aponte Burela, Gastón Lupo Gamarra, Enrique Mariaca Bilbao, Jorge Prudencio Cossío, Mario Velarde Dorado.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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