TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2025

Untitled Document

DECRETO SUPREMO Nº 09488

GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ

PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, mediante Decreto Supremo Nº-09351 de 20 de agosto del año en curso, fue aprobado el Presupuesto General de la Nación correspondiente a la gestión vigente;

 

Que, la Prefectura del Departamento de Oruro, ha solicitado la aprobación de un presupuesto adicional para la presente gestión, por la suma de $b. 200.000.- (DOS CIENTOS MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS), a fin de reforzar sus partidas que se encuentran agotadas;

 

Que, existiendo incremento en las regalías de COMIBOL Y BAMIN en favor del Departamento de Oruro, corresponde la aprobación del presupuesto adicional solicitado, del que se destinará la suma de $b 141.000.- (CIENTO CUARENTA Y UN MIL 00/100 PESOS BOLIVIANOS) al capítulo de Inversiones y $b. 59.000.-(CINCUENTA Y NUEVE MIL 00/100 PESO BOLIVIANOS) al de Funcionamiento;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase el Presupuesto Adicional de la Prefectura del Departamento de Oruro, para la gestión de 1970, de conformidad al siguiente detalle:

 

INGRESOS

 

1.-

Nacionales

 

200.000.-

4.-

Transferencias

 

200.000.-

4.4

De Empresas Públicas

 

 

 

 

 

 

 

Comibol y Bamin, Excedente pago

 

200.000.-

 

 

 

 

 

Regalías 1er. Semestre /70

 

200.000.-

 

Total……………...............

 

 

 

EGRESOS

 

200.- SERVICIOS NO PERSONALES

 

43.000.-

 

 

———

220.- Publicidad e Imprenta

 

3.000.-

 

 

———

221.- Publicidad

 

3.000.-

260.- Mantenimiento y Reparaciones

 

10.000.-

 

 

———

264.- Otro Mantenimiento

 

10.000.-

290.- Otros Servicios no Personales

 

30.000.-

 

 

———

291.- Asignaciones Globales

 

30.000.-

 

 

———

300.- MATERIALES Y SUMINISTROS

 

16.000.-

 

 

———

310.- Suministros de Oficina y

 

 

Publicaciones

 

10.000.-

 

 

———

313.- Suministros Varios de Oficina

 

10.000.-

330.- Suministros para construcción y

 

 

Mantenimiento

 

4.000.-

 

 

———

331.- Lubricantes y Combustible

 

4.000.-

350.- Otros Suministros

 

2.000.-

 

 

———

351.- Fomento Cultural y Deportivo

 

2.000.-

 

 

 

400.- ACTIVOS FIJOS Y FINANCIEROS

 

141.000.-

 

 

———

410.- Inmobiliarios

 

118.800.-

 

 

———

420.- Otras Construcciones

 

118.000.-

 

 

———

430.- Maquinaria y Equipo

 

22.200.-

 

 

———

433.- Equipo de Transporte, tracción y

 

 

Elevación.

 

22.200.-

 

 

———

Totales :

 

200.000.-

 

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Finanzas, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de diciembre de mil novecientos setenta años.

 

FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Jorge Gallardo Lozada, David La Fuente Soto, Flavio Machicado Saravia, Huáscar Taborga Torrico, Jaime Paz Soldán Pol, Jesús Vía Solíz, Hugo Céspedes Espinoza, Guillermo Aponte Burela, Gustavo Luna Uzquiano, Gastón Lupo Gamarra, Enrique Mariaca Bilbao, Mario Velarde Dorado.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

TEXTO DE CONSULTA
Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
Derechos Reservados © 2021

|