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DECRETO SUPREMO Nº 09485

GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ

PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, del 27 de Noviembre al 6 de Diciembre del presente año, se llevará a cabo la Segunda Exposición Filatélica Interamericana “EXFILCA-70” en la ciudad de Caracas, evento al cual ha sido invitado nuestro país por el Ministerio de Hacienda de la República de Venezuela;

 

Que, de acuerdo al informe elevado por la Jefatura de la Sección Filatélica de la Dirección Nacional de Correos, es necesaria la asistencia de Bolivia al mencionado acto internacional al cual debe presentar una colección oficial de estampillas representativa de nuestro país;

 

Que, el Consejo Filatélico Nacional, en su reunión ordinaria de fecha 31 de Julio de 1970, como organismo asesor ha dado su conformidad al sobresello de estampillas, previa dictación del instrumento legal respectivo

 

Que, existiendo varias emisiones que no tienen aplicación para el franqueo de la correspondencia, es necesario autorizar al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el sobresello de algunos saldos de estampillas que se hallan fuera de circulación.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Autorízase al Ministerio de Transportes y Comunicaciones el resello de las siguientes emisiones de estampillas postales, con las sobrecargas y el motivo del resello que se mencionan:

 

Emisiones

.Valor

Actual

Cantidad

Valor

Resello

Clase

Observación

Tiahuanacu

$b.

0.35

500.000

$b.

0.30

Superfic.

“EXFILACA-70

Ñuflo Chávez

1.50

900.000

1.20

Aéreo

Uso ordinario

Pro-Refugiados

0.90

400.000

0.60

Superfic.

” ”

Frondizzi

4.-

700.000

1.20

Aéreo

” ”

 

ARTÍCULO 2.- El producto de la recaudación del mencionado resellado se distribuirá en la siguiente forma:

Valor total del resello

$b. 2.310.000.-

 

 

 

 

80% con destino al Tesoro Nacional

 

1.848.000.-

20% con destino a la Dirección Nacional de

 

 

Correos, para los siguientes gastos y

 

 

adquisiciones:

 

 

- Valor del resellado

 

7.500.-

- Adquisición camión para la admi-

nistración de Correos de La Paz

 

 

130.000.-

- Adquisición balanzas de precisión

para Administ. Correos República

 

 

324.500.-

 

$b. 2.310.000

2.310.000.-

 

RESELLO DE ESTAMPILLAS

ADQUISICION DE EQUIPO POSTAL

 

VALOR ACTUAL

PIEZAS

VALOR RE-

SELLADO

TOTAL

RACAUDACION

0.35

500.000

0.30

150.000.-

1.50

900.000

1.20

1.080.000.-

0.90

400.000

0.60

240.000.-

4.-

700.000

1.20

840.000.-

 

2.500.000

 

$b. 2.310.000.-

 

 

 

 

DISTRIBUCION

 

TOTAL RECAUDACION

 

2.310.000.-

 

 

TESORO NACIONAL

 

80%

 

 

1.848.000.-

 

SERVICIO NACIONAL

 

 

 

DE CORREOS…………….

20%

 

462.000.-

 

 

2.310.000.-

2.310.000.-

 

INVERSIONES

COSTO POR RESELLADO

 

$b.

 

7.500.-

 

 

 

 

 

ADQUISICION CAMION PARA

 

 

 

 

ADMINISTRACION LA PAZ

 

 

130.000.-

 

 

 

 

 

ADQUISICION DE BALANZAS

 

 

 

 

DE PRECISION DE BASCULA

 

 

 

 

ADMOR REPUBLICA

 

 

324.500.-

 

 

$b.

 

462.000.-

 

 

 

 

 

La Paz noviembre de 1970.

 

El señor Ministro de Transportes y Comunicaciones, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno, de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de diciembre de mil novecientos setenta años.

 

FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Gral. Jaime Paz Soldán, Cnl. Hugo Céspedes Espinoza, Ing. Enrique Mariaca Bilbao, Abel Ayoroa Argandoña, Gustavo Luna Uzquiano, Jorge Gallardo Lozada, Gastón Lupo Gamarra, Mario Velarde Dorado.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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