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DECRETO SUPREMO Nº 09471

GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ

PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, es deber del Gobierno Revolucionario mejorar los índices de eficiencia técnica y administrativa de los servicios policiales del país, garantizando que su organización y funcionamiento se ajustan a las necesidades colectivas de una defensa eficaz de la sociedad y el Estado contra el delito y los factores que ponen en riesgo la seguridad interna de la Nación;

 

Que, a tal fin es necesario crear una comisión de especialistas en organización policial encargada de elaborar un plan de reestructuración total de dichos servicios, superando las fallas que acusa su actual estructura y condicionando sus mecanismos a principios de una alta especialización técnica y científica en beneficio de la sociedad.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Se organiza una Comisión compuesta por especialistas en la materia y representantes del Ministerio del Interior y de los servicios policiales para que en el plazo de 90 días computables a partir de la fecha, elabore un plan de reestructuración total de la Policía Boliviana. La comisión estará conformada de la siguiente manera:

 

Un profesional especialista en organización policial.

Un representante del Ministerio de Defensa Nacional.

 

Un experto en la misma materia, en representación de la Policía Boliviana.

 

Dos representantes del Ministerio del Interior.

 

ARTÍCULO 2.- La Comisión funcionará bajo la Presidencia del Subsecretario del Interior, como representante de dicho Ministerio.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho del Interior, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de noviembre de mil novecientos setenta años.

 

FDO. GRAL. JUAN JOSE TORRES GONZALEZ, Jorge Gallardo Lozada, David La Fuente Soto, Flavio Machicado Saravia, Jaime Paz Soldán Pol, Huáscar Taborga Torrico, Eduardo Méndez Pereyra, Jesús Vía Solíz, Hugo Céspedes Espinoza, Abel Ayoroa Argandoña, Guillermo Aponte Burela, Gustavo Luna Uzquiano, Gastón Lupo Gamarra, Enrique Mariaca Bilbao, Jorge Prudencio Cossío, Mario Velarde Dorado.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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