TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO Nº 09418

GRAL. JUAN JOSE TORREZ GONZALEZ

PRESIDENTE DEL GOBIERNO REVOLUCIONARIO

 

CONSIDERANDO:

 

Que, es necesario elaborar un plan de desarrollo cultural que se encuentre en armonía con los cambios sociales que se operan en la sociedad boliviana, y que se cumplirán en el futuro en ejecución de la Estrategia Socio-Económica del Desarrollo Nacional;

 

Que, la Dirección Nacional de Cultura, dependiente del Ministerio de Educación, se ha visto imposibilitada de atender eficazmente sus objetivos, debido a una excesiva centralización, que ha imposibilitado la atención pronta y eficáz de los requerimientos culturales de la población boliviana, en sus diferentes sectores del territorio nacional;

 

Que, para conseguir una mayor actividad y funcionalidad es necesario estudiar las posibilidades de la Descentralización de los organismos dependientes de la Dirección de Cultura.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Créase la “Comisión Nacional de Cultura”, institución que debe realizar un estudio para constituir la entidad definitiva que encare en escala nacional los asuntos del desarrollo cultural de nuestro país.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Esta Comisión estará constituída de la siguiente manera:

 

Por el Ministro de Educación y Cultura como Presidente.

Por el Director Nacional de Cultura como Vicepresidente.

Por la Dirección Nacional de Literatura actuará como Secretaría General.

Como Vocales los representantes de los Ministerios de Relaciones Exteriores y Planificación y Coordinación y por la Dirección Nacional de Deportes.

Como Vocales los representantes de la Iglesia Católica, Asociación de Universidades y Central Obrera Boliviana.

 

ARTÍCULO TERCERO.- La Comisión Nacional de Cultura proyectará un plan de gobierno cultural independiente en su funcionamiento, en el término de 90 días desde la iniciación de sus labores, para ser elevado ante el Supremo Gobierno de la Nación.

 

ARTÍCULO CUARTO.- Serán órganos ejecutivos de esta institución la Dirección General de Cultura y Secretaría Permanente, la Dirección Nacional de Literatura, del Ministerio de Educación y Cultura.

 

Los Ministros de Educación y Cultura y de Planificación y Coordinación, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintitres días del mes de octubre de mil novecientos setenta años.

 

FDO. GRAL. JUAN JOSE TORREZ GONZALEZ, Jorge Gallardo Lozada, David La Fuente Soto, Flavio Machicado, Jaime Paz Soldán Pol, Eduardo Méndez Pereyra, Jesús Vía Solíz, Hugo Céspedes Espinoza, Abel Ayoroa Argandoña, Guillermo Aponte Burela, Gastón Lupo Gamarra, Jorge Prudencio Cossío, Gustavo Luna Uzquiano, Mario Velarde Dorado.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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