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LEY Nº 3534

LEY DE 22 DE NOVIEMBRE DE 2006

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPUBLICA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

El HONORABLE CONGRESO NACIONAL,

 

D E C R E T A:

 

ARTICULO 1. Declárase de prioridad regional la refacción de la Iglesia de Campaya, manteniendo su estructura colonial, ubicada en el Municipio de Pocoata de la Provincia Chayanta del Departamento de Potosí.

 

ARTICULO 2. El Poder Ejecutivo, a través de las instancias pertinentes y la Prefectura del Departamento, y el Gobierno Municipal de Pocoata quedan encargados de gestionar los recursos económicos internos y externos para su ejecución.

 

Remítase al Poder Ejecutivo, para fines constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los catorce días del mes de noviembre de dos mil seis años.

 

Fdo. Santos Ramírez Valverde, Edmundo Novillo Aguilar, Ricardo Alberto Díaz, Félix Rojas Gutiérrez, Oscar Chirinos Alanoca, Alex Cerrogrande Acarapi.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidós días del mes de noviembre de dos mil seis años.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Félix Patzi Paco.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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