LEY DE 22 DE OCTUBRE
TRATADO DE ARBITRAJE SOBRE DEMARCACIÓN DE LÍMITES CON EL PERÚ.—Se aprueba con la salvedad introducida en la aprobación del Tratado de veintitres de septiembre de 1902,
JOSÉ MANUEL PANDO,
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
POR CUANTO, el Congreso Nacional ha sancionado la siguiente Ley:
EL CONGRESO NACIONAL,
DECRETA:
Artículo único.—Apruébase el Tratado de Arbitraje entre Bolivia y el Perú, sobre demarcación de límites, celebrado en esta ciudad, en treinta de diciembre de mil novecientos dos, entre el Ministro de Relaciones Exteriores de Bolivia, doctor Eliodoro Villazón y el Excelentísimo Enviado Extraordinario y Ministro Plenipotenciario del Perú en Bolivia, doctor Felipe de Osma, con la salvedad introducida en la aprobación del Tratado de veintitres de septiembre del mismo año, relativa á la cláusula primera.
Comuníquese al Poder Ejecutivo para los fines constitucionales.
Sala de sesiones del H. Congreso Nacional.
La Paz, octubre 19 de 1903.
Aníbal Capriles.
Venancio Jiménez.
Demetrio F. de Córdova, S. S.
Faustino A. Quiroga, D. S.
César Salinas, D. S.
POR TANTO, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley de la República.
Palacio del Supremo Gobierno en La Paz, á los 22 días del mes de octubre de 1903.
JOSÉ ML. PANDO.
Eliodoro Villazón.