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DECRETO SUPREMO Nº 08514

GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el señor Juez de Partido de la Provincia Bustillo del Departamento de Potosí, ha solicitado la cesión a título gratuito, ne un lote de terreno de 1,498 metros cuadrados ubicado en la margen del río de San Marcos de Uncía, propio de la Corporación Minera de Bolivia, con destino a la construcción de una nueva Cárcel Pública, en atención a que el local donde funciona el penal no reune las condiciones de seguridad, garantía e higiene

 

Que la solicitud de referencia se justifica por tratarse de una obra de interés social, y en virtud de que dichos terrenos se encuentran dentro del radio urbano de la ciudad de Uncía y son inaptos para trabajos de explotación minera.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a la Corporación Minera de Bolivia, para que ceda y transfiera a título gratuito, un lote de terreno de 1,498 metros cuadrados, en la margen del río San Marcos de Uncía, en favor del Poder Judicial, representado por la Excelentísima Corte Suprema de Justicia, con destino a la construcción de una cárcel pública en la ciudad de Uncía Provincia Bustillo del Departamento de Potosí

 

El señor Ministro-Presidente de la Corporación Minera de Bolivia, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 21 días de octubre de mil novecientos sesenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO; Cap. David Fernández V.; Gral. Enrique Gallardo B.; Rolando Pardo Rojas; René Baldivieso; Gustavo Méndez Torrico; Edwin Tapia; Gral. Hugo Suárez G.; Joaquín Villanueva; Ignacio Paravicini; Alvaro Torrico.

 

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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