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DECRETO SUPREMO Nº 08501

GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que los señores Ministros de estado han presentado renuncia colectiva de sus cargos;

 

Que para el normal desenvolvimiento de la administración pública es necesario designar un nuevo Gabinete Ministerial;

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- En uso de la atribución conferida al Sr. Presidente Constitucional de la República por el Art. 99º de la Constitución Política del Estado, desígnase Ministros de Estado en los despachos que a continuación se detallan, a los siguientes ciudadanos:

 

  Cap. David Fernández V. Gral. Enrique Gallardo B. Lic. Rolando Pardo R. Dr. Angel Baldivieso Ing. Gustavo Méndez T. Gral. Hugo Suárez Guzmán Sr. Ing. Alberto Larrea Dr. René Baldivieso Dr. Joaquín Villanueva Sr. Ignacio Paravicini Dr. Jorge Rojas Tardio Dr. Víctor Hoz de Vila Dr. Alvaro Torrico Ing. Dante Pavisich Sr. Edwin Tapia     Relaciones Exteriores y Culto Gobierno, Justicia e Inmigración Defensa Nacional Hacienda Educación Obras Públicas y Comunicaciones Minas y Petróleo Economía Nacional Agricultura Trabajo y Seguridad Social Asuntos Campesinos Salud Pública Secretaría Gral. de la Presidencia Presidencia de COMIBOL Planificación Cultura, Información y Turismo  

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Los señores Ministros de Estado designados mediante el presente Decreto, jurarán y tomarán posesión de sus cargos el día cuatro de Octubre de mil novecientos sesenta y ocho años.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de octubre de mil novecientos sesenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO

FDO. Victor Hoz de Vila

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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