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DECRETO SUPREMO N° 09345

D.G.R. Nº 412

GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, Bolivia ha suscrito en fecha 7 de junio de 1966, la Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial;

 

Que, con la suscripción de la mencionada Convención, se ha puesto en práctica los principios consignados por la Declaración de las Naciones Unidas sobre la eliminación de todas las formas de discriminación racial;

 

Que, el Gobierno Revolucionario de Bolivia, consecuente con su tradición de respeto a los derechos humanos, considera necesario lograr la eliminación rápida y total de la discriminación racial;

 

Que, la Asamblea General de las Naciones Unidas en su XXIV período de sesiones, ha proclamado el año 1971 como Año Internacional de la lucha contra el Racismo y la Discriminación Racial.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Apruébase y Ratifíquese la Convención Internacional sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, firmada por Bolivia en fecha 7 de junio de 1966.

 

El señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los trece días del mes de agosto de mil novecientos setenta años.

 

FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Edgar Camacho Omiste, David La Fuente Soto, Antonio Sánchez de Lozada, Mariano Baptista Gumucio, Jaime Paz Soldán Pol, Oscar Bonifaz Gutiérrez, Edmundo Valencia Ibáñez, León Kolle Cueto, Samuel Gallardo Lozada, Javier Ossio Quezada, José Ortíz Mercado, Carlos Carrasco Fernández, Roberto Capriles Gutiérrez, Rolando Aguilera Pareja, Eduardo Quintanilla Ybarnegaray.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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