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DECRETO SUPREMO N° 09205

D.G.R. N° 272

GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Decreto Supremo N° 08624 de 15 de enero de 1969, al autorizar a la Empresa Nacional de Ferrocarriles la transferencia a título oneroso, de terrenos de su propiedad ubicados en la Estación Ferroviaria de Viacha, en favor de sus trabajadores, ha limitado el número de lotes a la cantidad de 284 y la superficie de cada uno de estos a 250 metros cuadrados;

 

Que, acogiendo posteriores recomendaciones a la H. Alcaldía Municipal de Viacha, el Departamento de Vía y Obras de la Empresa ha elaborado un otro plano de urbanización, con modificaciones en cuanto al número de lotes y a la superficie individual de ellos, haciéndose indispensable ampliar los alcances de la autorización otorgada a la Empresa Nacional de Ferrocarriles, para que proceda a la adjudicación y venta de la totalidad de lotes resultantes en favor de sus trabajadores.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO PRIMERO.- Modifícase y compleméntase el inciso b) del artículo 1° del Decreto Supremo N° 08624 de 15 de enero de 1969, en sentido de que la autorización otorgada a la Empresa Nacional de Ferrocarriles comprende la transferencia en favor de sus trabajadores, de 304 lotes de terreno ubicados en la Estación de Viacha, de superficie variable, de acuerdo al plano de loteamiento N° 9349/80, elaborado por el Departamento de Vía y Obras de la Empresa Nacional de Ferrocarriles.

 

ARTÍCULO SEGUNDO.- Igualmente, modifícase el artículo 3° del mencionado Decreto Supremo, disponiéndose que la compra-venta se efectúe mediante escritura colectiva, con sujeción a las especificaciones contenidas en la Resolución Ministerial N° 097/69 de 5 de noviembre de 1969.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Transportes y Comunicaciones y de Finanzas, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los siete días del mes de mayo de mil novecientos setenta años.

 

FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, César Ruíz Velarde, Juan Ayoroa Ayoroa, David La Fuente Soto, Antonio Sánchez de Lozada, Mariano Baptista Gumucio, Jaime Paz Soldán Pol, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia lbáñez, José Luís Roca García, León Kolle Cueto, Oscar Bonifaz Gutiérrez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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