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DECRETO SUPREMO Nº 09090

D.G.R. Nº 156

GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, el Calendario histórico señala como efemérides del Departamento de Oruro el día 10 de Febrero, fecha recordatoria de sus glorias cívico-patrióticas;

 

Que, en el presente año tal aniversario coincide con la fiesta tradicional del carnaval que, en la ciudad de Oruro considerada como capital folklórica del país, adquiere especial significación, por la promoción turística a que da lugar, circunstancia que viene a restar brillo y jerarquía a los actos de recordación de tan memorable fecha histórica;

 

Que, el Gobierno Revolucionario consecuente con su sensibilidad nacionalista, tiene el deber de realzar en toda forma los aniversarios históricos inherentes al espíritu cívico de la Nación.

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se dispone que, por el presente año la celebración de la efeméride departamental de Oruro se realice el día 6 de febrero declarando al mismo tiempo ese día. feriado con suspensión de actividades públicas y privadas en dicho Departamento.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno Justicia e Inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de febrero de mil novecientos setenta años.

 

FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, Juan Ayoroa Ayoroa, Alberto Bailey Gutiérrez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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