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DECRETO SUPREMO Nº 09076

D. G. R. Nº 142

GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA
PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, ha dejado de existir en la ciudad de Santa Cruz el Dr. Roque Aguilera Vargas, quien en vida prestó importantes servicios al país en el desempeño de la Cartera de Salud Pública y como Embajador de nuestro país ante el Gobierno de Francia;

 

Que, es deber del Supremo Gobierno, tributar a su memoria los honores que corresponden a sus preclaros servidores.

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Se declara duelo nacional, sin suspensión de actividades públicas ni particulares el día de la inhumación de los restos mortales del que en vida fue Ministro de Estado y Embajador, Dr. Roque Aguilera Vargas.

 

El Prefecto del Departamento de Santa Cruz, hará uso de la palabra en el sepelio, en representación del Gobierno Revolucionario.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Gobierno, Justicia e Inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los dos días del mes de febrero de mil novecientos setenta años.

 

FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, César Ruiz Velarde, Juan Ayoroa Ayoroa, David La Fuente Soto, Jaime Paz Soldan Pol, José Luis Roca García, Oscar Bonifaz Gutiérrez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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