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DECRETO SUPREMO Nº 09021

D.G.R. Nº 87

GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA

PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, las fuertes y persistentes precipitaciones pluviales de la época lluviosa, ocasionan el desborde del Río Rocha y la inundación de zonas densamente pobladas de la ciudad de Cochabamba, con los consiguientes perjuicios materiales;

 

Que, para evitar tales desbordes, corresponde al Supremo Gobierno adoptar las medidas adecuadas y oportunas que permitan solucionar y resguardar en la mejor forma posible la integridad de los pobladores de la región y de sus bienes.

 

Que, una de tales medidas de previsión, de acuerdo a los estudios técnicos realizados, es que la Empresa Nacional de Ferrocarriles proceda a la construcción de un nuevo puente ferroviario sobre el Río Rocha de la ciudad de Cochabamba en sustitución del actualmene existente en el lugar denominado “Jaihuaico”, a objeto de facilitar el escurrimiento de las aguas de dicho Río en época de lluvias;

 

Que, en el presupuesto vigente de la Empresa Nacional de Ferrocarriles no se ha consignado partida alguna destinada a la ejecución de la aludida obra y que, la referida Empresa, atraviesa una situación económica crí ica, debido a la atención de sus obligaciones internas y a las emergentes de los créditos que ha contraído en el exterior para la renovación y modernización de su material rodante y de tracción a diesel, por cuya razón es imprescindible y urgente buscar fuentes de financiamiento que permitan obtener los fondos necesarios para iniciar los trabajos del puente ferroviario indicado;

 

Que, existen al presente los recursos provenientes del remate de los terrenos de la antigua Estación de Cliza, que por Ley de 19 de septiembre de 1945, están destinados a la edificación de una nueva estación en la misma población.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Los fondos provenientes del remate de los terrenos de la antigua Estación de Cliza que por Ley de 19 de septiembre de 1945 estaban destinados a la edificación de una nueva Estación en dicha población, serán invertidos por la Empresa Nacional de Ferrocarriles en la construcción de un nuevo puente ferroviario sobre el Río Rocha de la ciudad de Cochabamba, en sustitución del existente en la región denominada “Jaihuaico” de la misma jurisdicción.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Comunicaciones y Transportes y de Hacienda, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los un día del mes de diciembre de mil novecientos sesenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. ALFREDO OVANDO CANDIA, César Ruíz Velarde, Juan Ayoroa Ayoroa, Antonio Sánchez de Lozada, Jaime Paz Soldán Pol, Alberto Bailey Gutiérrez, Marcelo Quiroga Santa Cruz, Edmundo Valencia Ibáñez, José Luis Roca García, Mario Rolón Anaya, Wálter Arzabe Fuentelzas, León Kolle Cueto, Carlos Hurtado Gómez, José Ortíz Mercado.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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