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DECRETO SUPREMO Nº 08886

LUIS ADOLFO SILES SALINAS

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, desde hace varios años el Instituto Normal Superior “Simón Bolívar” de la ciudad de La Paz, carece de un local adecuado que sirve para la formación de maestros en condiciones pedagógicas;

 

Que, el Comité Nacional de Deportes tiene bajo su tuición 100.000.- mts2. de terreno en la región de Alto Obrajes de la ciudad de La Paz y que pese al tiempo transcurrido a la fecha, no pueden ser utilizados por falta de recursos económicos;

 

Que, estando en vías de financiamiento el costo de la construcción de la Normal, por el Ministerio de Educación, es necesario acelerar los trámites con el objeto de tener saneado un terreno donde pueda construirse esa Institución Educativa;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. Dispónese de los 100.000.- mts2, de terreno que posee el Comité Nacional de Deportes en Alto Obrajes de la ciudad de La Paz, la adjudicación a título gratuito de 30.000.- mts2, a favor del instituto Normal Superior “Simón Bolívar”.

 

ARTÍCULO 2.- Los departamentos jurídicos y de Arquitectura Escolar del Ministerio de Educación, perfeccionarán las escrituras de propiedad, alinderamiento y levantamiento del plano topográfico en beneficio del Comité Nacional de Deportes y de la Normal Superior “Simón Bolívar” delimitando claramente ambas propiedades; lo mismo que la escrituración y titulación de acuerdo a Ley.

 

El señor Ministro de Educación queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treintiun días del mes de Julio de mil novecientos sesenta y nueve años.

 

FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Dr. Gustavo Medeiros, Cnl. Eufronio Padilla, Gral. Enrique Gallardo, Sr. Luis D’Avis S., Dr. Víctor Quinteros R., Ing. Gustavo Méndez T., Dr. Walter Montenegro, Dr. Ernesto David Pereira, Lic. René Candia, Dr. Mario Quintela V., Dra. Alcira Espinoza, Dr. Jorge Rojas Tardío, Sr. Félix Gómez, Lic. Lucio Paz R., Dr. Hugo Sandoval S., Sr. Rodolfo Luzio Lazarte.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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