TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 17296

LYDIA GUEILER TEJADA

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL INTERINA DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O:

 

Que, mediante Decretos Supremos Nos 17091 y 17198 de fechas 16 de octubre de 1979 y 31 de enero de 1980, se autorizó al Banco Central de Bolivia, conceder un préstamo de $b.5.000.000.- en favor de la H. Alcaldía Municipal de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, con destino a la adquisición de los mencionados terrenos, para su distribución entre las familias damnificadas en las Cooperativas Mineras de Catavi y Siglo XX.

 

Que es necesario acelerar los trámites de adquisición de los mencionados terrenos, para lo cual se han hecho las gestionado pertinentes de ubicación de estos en zonas más apropiadas para el efecto.

 

Que, de acuerdo a todo lo expresado es necesario complementar los citados Decretos Supremos de fechas 16 de octubre de 1979 y 31 de enero de 1980.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

D E C R E T A:

 

ARTÍCULO 1.- Compleméntase el Art. lo del Decreto Supremo No 17198 de fecha 31 de enero de 1980, en sentido de que las mencionadas 20 hectáreas de terreno se encuentran en la zona Sud Este UV. 80 y 91 de plano Director ampliado de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, y que corresponden a la propiedad del Sr. Hugo Chávez Hurtado.

 

ARTÍCULO 2.- Se autoriza a la H. Alcaldia Municipal de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra hacer la compra directa de las mencionadas tierras, acordando precio, formas de pago y cualesquiera diligencias tendientes a su celeridad.

 

ARTICULO 3.- Quedan vigentes todas las disposiciones de los Decretos Supremos Nos. 17091 y 17198, en todo que no contradiga al presente Decreto Supremo.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos del Interior Migración y Justicia, y de Finanzas, quedan encargados de su ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro dias del mes de marzo de mil novecientos ochenta años

 

FDO. LYDIA GUEILER TEJADA, Julio Garrett Aillón, Antonio Arnez Camacho, Jorge Agreda Valderrama, Carlos Carrasco Fernandez, Adolfo Aramayo Anze, Juan Carlos Navajas, Hugo Velasco Rosales, Isaac Sandoval Rodriguez, Oscar Bonifaz Gutierrez, Mario Viscarra Ayala, Victor Quinteros Rasguido, Ayda Claros de Bayá, Rene Higueras del Barco, Salvador Romero Pittari, Elba Ojara de Jemio.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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