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DECRETO SUPREMO Nº 08848

DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el 16 de julio de 1969, debe celebrarse un aniversario más de la efemérides del departamento de La Paz;

 

Que, es necesario dar realce a los festejos de tan magno acontecimiento;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Declárase feriado con suspensión de actividades públicas y privadas, el día miércoles 16 de julio de 1969 para el departamento de La Paz.

 

El señor Ministro de Gobierno, Justicia e Inmigración, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los quince días del mes de julio de mil novecientos sesenta y nueve años.

 

FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Gustavo Medeiros Querejazu, Eufronio Padilla C., Enrique Gallardo, Víctor Quinteros, Gustavo Méndez T., Enrique David Pereira, René Candia, Alcira Espinoza, Félix Gómez, Alvaro Torrico, Rodolfo Luzio L.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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