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DECRETO SUPREMO Nº 08381

GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto Supremo N° 8317 de 9 de abril de 1968 se aprobó el presupuesto global de la Secretaría Técnica para Asuntos de Integración y de la ALALC.;

 

Que en vista de la gran trascendencia que adquieren los procesos de integración así como la participación de Bolivia en la ALALC, la Subregión Andina y el programa integrado de la Cuenca del Plata, la Secretaría Técnica se ha visto en la necesidad de ampliar su presupuesto, ya que el anterior no refleja sus reales necesidades.

 

Que paa tal efecto es necesario realizar un traspaso de fondos del Ministerio de Relaciones Exteriores, en favor de dicho organismo con el fin de nivelar su presupuesto para que cubra sus nuevas necesidades.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS Y CON LA APROBACIÓN DE LA COMISIÓN NACIONAL PARA ASUNTOS DE INTEGRACIÓN Y DE LA ALALC,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Se modifica el presupuesto del servicio de la Secretaría Técnica para Asuntos de Integración y de la ALALC, de acuerdo al siguiente detalle:

 

SERVICIOS PERSONALES

 

649.659.36

 

 

 

Haberes básicos

41.513.-

 

Bono de $b. 80.-

13.466.-

 

Categoría

10.255.-

 

Bono funcional

580.966.-

 

Aguinaldo

3.459.36

 

 

 

 

PAGOS POR SERVICIOS NO PERSONALES

 

246.000.-

 

 

 

Servicios Públicos

15.000.-

 

Mejoras y Ampliaciones

60.000.-

 

Viáticos, Gastos de viaje y pasajes

171.000.-

 

 

 

 

MATERIALES Y SUMINISTROS

 

30.000.-

 

 

 

Alimentos y Productos Agropecuarios

3.000.-

 

Productos de papel cartón e impresos

11.000.-

 

Artículos Auxiliares

16.000.-

 

 

 

 

MAQUINARIA Y EQUIPO

 

78.000.-

 

 

 

Equipo de Oficina

78.000.-

 

 

 

 

ASIGNACIONES GLOBALES

 

20.040.64

 

 

 

Otras Asignaciones Glovales

20.040.64

 

TOTALES.........................................................................

1.023.700.-

 

 

 

 

ARTÍCULO 2.- Se autoriza a la Dirección General del Presupuesto realizar eltraspaso de $b. 420.000.- asignados al Ministerio de Relaciones Exteriores, en favor de la Secretaría Técnica para Asuntos de Integración y de la ALALC, con cargo a los siguientes ítem de Servicios Personales correspondientes al Programa 3 del Presupuesto del Ministerio de Relaciones Exteriores:

Embajada en Alemania

6 meses

$b.

64.800.-

Embajada en Japón

3 meses

32.400.-

Embajada en Santa Sede

5 meses

54.000.-

Embajada en R.A.U.

6 meses

64.800.-

Agregado Comercial en Venezuela

2 meses

19.200.-

Ministro Consejero en el Brasil

6 meses

50.400.-

Embajada en México

2 meses

21.600.-

Embajada en Colombia

5 meses

48.000.-

Consulado en San Francisco

3 meses

21.600.-

Consulado en Puno

2 meses

7.200.-

Gastos Embajada en Venezuela

2 meses

14.400.-

Gastos Embajada en R.A.U.

6 meses

21.600.-

 

TOTAL

$b.

420.000.-

 

ARTÍCULO 3.- Se autoriza al Ministerio de Relaciones Exteriores contratar al personal necesario en función de los ítem presupuestados.

 

Los señores Ministros de Relaciones Exteriores y Hacienda quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno a los doce días del mes de junio de mil novecientos sesenta y ocho años.

 

FOD. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tomás Guillermo Elío, Antonio Arguedas M. José Romero Loza, Enrique Gallardo B., Hugo Carmona M., Mario Estenssoro V., Gustavo Méndez T., Miguel Bonifaz P., Lucio Paz River., Jesús Lijerón R., Juan Asbún Z., Jorge Solíz R., Juan Lechín S., Marcelo Galindo de U.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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