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DECRETO SUPREMO N° 08774

LUIS ADOLFO SILES SALINAS

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que es necesario crear un Despacho, con rango Ministerial, encargado de centralizar los trabajos de asesoramiento para la Presidencia de la República y el Consejo de Ministros;

 

Que el Poder Ejecutivo debe cooperar en materia legislativa con la elaboración de proyectos de ley que se someterán a la consideración del H. Congreso Nacional;

 

Que se requiere igualmente una labor de cordinación entre la Presidencia de la República y los diferentes Ministerios para el mejor cumplimiento de las funciones de Gobierno;

 

Que igualmente deben acelerarse los trámites de afectación de tierras a nivel presidencial para concluír con la distribución de títulos al campesinado boliviano;

 

Que es necesario proceder a la raci nalización de la Administración Pública y a la centralización de servicios para poder atender en mejor forma las labores del Supremo Gobierno en beneficio de la comunidad nacional;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A :

ARTÍCULO 1.- Créase el cargo de Ministro Asesor de la Presidencia de la República;

 

ARTÍCULO 2.- Nómbrase como titular del portafolio al ciudadano Dr. Hugo Sandóval Saavedra.

 

ARTÍCULO 3.- El Ministro del ramo reglamentará su propia organización.

 

El señor Ministro Secretario General de la Presidencia tomará las medidas para la posesión del nuevo Ministro de Estado el día sábado veinticuatro de Mayo, a horas 11 y 30 a.m.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veinticuatro días del mes de Mayo de mil novecientos sesenta y nueve años.

 

FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Gustavo Medeiros Querejazu, Enrique Gallardo, Luis D´Avis, Gustavo Mendez Torrico, Ernesto David Pereira, René Candia, Alcira Espinoza, Félix Gómez, Lucio paz, Rodolfo Luzio Lazarte.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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