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DECRETO SUPREMO N° 08761

LUIS ADOLFO SILES SALINAS

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

C O N S I D E R A N D O :

 

Que existe un lote de terreno perteneciente a la sucesión de Vicente Quispe, situado entre las calles Nataniel Aguirre, Antonio Gallardo y el pasaje Velasco, con una extensión de 2.500 m2;

 

Que la Escuela “LIBERTAD” carece de local y actualmente se encuentra funcionando en un inmueble alquilado que no reune las mínimas condiciones pedagógicas;

 

Que, el Departamento de Arquitectura Escolar del Ministerio de Educación, ha elevado informe determinando la urgente necesidad de expropiar el referido lote de terreno con destino a la Escuela “LIBERTAD”.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

D E C R E T A :

ARTÍCULO 1.- Declárase de necesidad y utilidad públicas, la expropiación del lote de terreno de propiedad de la sucesión de Vicente Quispe con una extensión de 2.500 m2., situado en la zona Obispo Indaburo (Alto Chijini) entre las calles Nataniel Aguirre, Antonio Gallardo Velasco, con destino a la Escuela “LIBERTAD”.

 

ARTÍCULO 2.- La Prefectura del Departamento de La Paz, queda encargada de iniciar y proseguir el trámite de expropiación de acuerdo con la Ley de 11 de Octubre de 1886, debiendo cancelarse el monto expropiatorio - con cargo a la cuenta pro-edificaciones escolares.

 

El Ministro de Estado en el Despacho de Educación, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintidos días del mes de Mayo de mil novecientos sesenta y nueve años.

 

FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Gustavo Medeiros, Gral. Enrique Gallardo, Luis D’Avis, Víctor Quinteros, Gustavo Méndez Torrico, Ernesto David Pereira, René Candia, Mario Quintela, Alcira Espinoza, Félix Gómez, Alvaro Torrico, Wálter Montenegro, Lucio Paz, Rodolfo Luzio Lazarte.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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