TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 08921

LUIS ADOLFO SILES SALINAS
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Estado boliviano, a través del Ministerio de Obras Públicas, Comunicaciones y Transportes ha contraido un crédito con el Bank Of América con motivo de los contratos suscritos con INELEC para la provisión de equipos, repuestos, accesorios y otros para la instalación de una Red de Televisión Nacional.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

La operación de crédito del Ministerio de Obras Públicas, Comunicaciones y Transportes con el Bank Of América para cancelar las tres primeras letras que se adeudan a INELEC, fucionadas en una sola, con vencimiento al 30 de abril de 1970 por un valor de $us. 486.009.90 más intereses por la operación de descuento y respectivas comisiones bancarias, están exentas del pago de impuestos sobre el capital movible y la Renta total. disponiéndose por consiguiente que, los intereses sean cancelados en su totalidad, sin reducción alguna.

 

Los señores Ministros de Estado en los Despachos de Hacienda y Estadística y Obras Públicas, Comunicaciones y Transportes, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del Presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los tres días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta y nueve años.

 

FDO. DR. LUIS ADOLFO SILES SALINAS, Enrique Gallardo, Luis. D’AvisS., Víctor Quintero Rasguido, Gustavo Méndez Torico, Walter Montenegro, Ernesto David Pereira, René Candia, Mario Quintela Vaca Diez, Jorge Rojas Tardío, Félix Gómez, Lucio Paz R., Rodolfo Luzio Lazarte.

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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