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DECRETO SUPREMO N° 05589

VICTOR PAZ ESTENSSORO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Misión Geológica Alemana viene realizando estudios en las zonas mineralógicas, dentro de la comprensión de los Departamentos de Potosí y Oruro, con el fin de determinar la localización de nuevos yacimientos;

 

Que mientras se conozca los informes y conclusiones de tales estudios, conviene al interés del país decretar la reserva fiscal de las zonas que se encuentran comprendidas en los programas de prospección a cargo de la Misión Geológica Alemana y que son aledañas a las pertenencias de la Corporación Minera de Bolivia.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Mientras se conozca los informes y conclusiones técnicas de la Misión Geológica Alemana, se decreta la reserva fiscal de todo el subsuelo, resguardándose los derechos adquiridos de los siguientes distritos mineros: San José de Oruro, Colquiri, Huanuni, Santa Fe, Morococala, Unificada de Potosí, Catavi y Colquechaca, en la comprensión de los Departamentos de Oruro y Potosí, dentro de una extensión de diez kilómetros a partir de los límites de las concesiones mineras pertenecientes a la Corporación Minera de Bolivia en los mencionados distritos.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Minas y Petróleo, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos sesenta años.

 

FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, E. Arze Quiroga, Mario Sanginés U., R. Jordán Pando, Ñuflo Chávez O., Arturo Fortún S., Juan Haús S., Guillermo Jáuregui, R. Pérez Alcalá, Cnl. E. Rivas Ugalde, José Antonio Arze.

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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