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DECRETO SUPREMO N° 08682

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO


CONSIDERANDO:

 

Que por Decreto Supremo N° 07011, de 31 de diciembre de 1964, se instituyó como “Año del Mariscal Santa Cruz” el de 1965 y se determinó la organización de un Comité encargado de Organizar los homenajes a rendirse con motivo de la conmemoración del Centrenario de ese ilustre Prócer boliviano;

 

Que dicho Comité, presidido por el Ministro de Defensa Nacional, ha cumplido su misión al repatriar los restos del Mariscal Santa Cruz y al Organizar los homenajes que, en escala nacional, se rindieron a su memoria, habiendo quedado pendiente la creación de un Monumento en la ciudad de La Paz, por no haberse puesto en circulación la totalidad de los sellos postales emitidos de conformidad con el Decreto Supremo N° 07100 de 19 de marzo de 1965; cuyo producto se halla destinado a cubrir los gastos correspondientes;

 

Que la H. Alcaldía Municipal de La Paz tiene la misión específica de dirigir y ejecutar las obras de ornato y embellecimiento de esta capital;

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1.- Encomiéndase a la H. Alcaldía Municipal de La Paz. la creación en esta ciudad de un Monumento al Mariscal Andrés Santa Cruz, manteniéndose para su mejor ejecución un Comité presidido por el señor Alcalde Municipal y por representantes de los Ministerios de Defensa Nacional, Relaciones Exteriores. Educación y Cultura, la Universidad de La Paz, Prefectura del Departamento y Amigos de la Ciudad.

 

ARTÍCULO 2.- Ese Comité tendrá como fondo económico principal para la realización de dicha obra los recursos obtenidos con la venta de los mencionados sellos postales y los que pueda disponer la H. Alcaldía Municipal de La Paz.

 

Los señores Ministros de Defensa Nacional, Hacienda, Educación, Cultura, Relaciones Exteriores y Gobierno, quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo.

 

Es dado en la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Víctor Hoz de Vila, Cap. David Fernández, Gral. Enrique Galardo, Jorge Jordán Ferrufino, Angel Baldivieso, Gustavo Méndez Torrico, Edwin Tapia, Hugo Suárez Guzmán, Alberto Larrea Humérez, Joaquín Villanueva, Jorge Rojas Tardio, Ignacio Paravicini, Walter Morales Aguilar.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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