TEXTO DE CONSULTA
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DECRETO SUPREMO N° 08672

GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que la Cultura, la Ciencia y el Arte en todas sus manifestaciones deben merecer atención preferente del Estado y constituir patrimonio común de todos los sectores sociales;

 

Que es necesario crear medios para que la poblacion preste directa y conscientemente su apoyo moral y material a la tarea que el Estado cumple en este aspecto;

 

Que la participación creciente del pueblo boliviano en esa labor darán a la cultura, la ciencia y el arte un auténtico contenido nacional.

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Créase el Fondo Nacional de Cultura y apruébanse los estatutos constituídos por seis capítulos y veintidós artículos que regirán su desarrollo.

 

El señor Ministro de Estado en el Despacho de Cultura. Información y Turismo queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiseis días del mes de febrero de mil novecientos sesenta y nueve años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Víctor Hoz de Vila, David Fernández V., Enrique Gallardo B., Lic. Jorge Jordán Ferrufino, Dr. Angel Baldivieso, Gustavo Méndez T. Edwin Tapia, Hugo Tapia, Hugo Suárez Guzmán, Alberto Larrea Humérez, Mario Quintela Vaca Diez, Joaquín Villanueva, Ignacio Paravicini, Dante Pavisich, Walter Morales Aguilar,

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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