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DECRETO SUPREMO Nº 08403

GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

 

Que los Gobiernos de Bolivia y los Estados Unidos de Norteamérica, después de celebrar negociaciones, han acordado firmar un Convenio de Préstamo de Asistencia para el Desarrollo;

 

Que las suscripción del referido instrumento jurídico internacional es de interés para el país;

 

Que el Consejo Nacional de Estabilización y Desarrollo, en cumplimiento de sus atribuciones específicas, ha aprobado el mencionado Convenio de Préstamo de Asistencia para el Desarrollo y ha autorizado suscripción del mismo;

 

POR TANTO,

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Autorízase a los señores Ministros de Hacienda y de Economía Nacional y al señor Presidente del Banco Central de Bolivia para que, en representación del Supremo Gobierno, suscriba el Convenio de Préstamo de Asistencia para el Desarrollo entre los Gobiernos de Bolivia y los Estados Unidos de Norteamérica.

 

Quedan encargados de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto Supremo los señores Ministros de Hacienda y de Economía Nacional y el señor Presidente del Banco Central de Bolivia.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los veintiocho días del mes de junio de mil novecientos sesenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tomás Guillermo Elío, Antonio Arguedas M., José Romero Loza, Gral. Enrique Gallardo B., Hugo Carmona Maldonado, Mario Estenssoro V., Gustavo Méndez T., Miguel Bonifaz P. Alberto Larrea H., Lucio Paz Rivero, Jorge Solíz R., Juan Asbún Z., Rolando Pardo R., Marcelo Galindo de U.

 

 

 

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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