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DECRETO SUPREMO N° 5922
VICTOR PAZ ESTENSSORO
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Supremo número 05868 de 1° de septiembre del año en curso, se estableció el procedimiento de recaudación de fondos para adquisición de terrenos y construcción de viviendas y sedes sociales para trabajadores cinematografistas;
Que no se han llenado aun las finalidades establecidas en dicho decreto supremo.
EN CONSEJO DE MINISTROS,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Prorrógase la vigencia del Decreto Supremo No. 05868 de 1° de septiembre de 1961, con destino a la adquisición de terrenos y construcción de viviendas y sedes sociales en favor de los trabajadores cinematografistas.
El señor Ministro de Estado en el Despacho de Trabajo y Seguridad Social, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decreto.
Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los diez días del mes de noviembre de mil novecientos sesenta y un años.
FDO. VICTOR PAZ ESTENSSORO, E. Arze Quiroga, J. L. Gutiérrez Granier, A. Franco Guachalla, José Fellman V., Mario Sanjinés U., R. Pérez Alcalá.
TEXTO DE CONSULTA
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