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DECRETO SUPREMO N° 08310

GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO

PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA

 

CONSIDERANDO:

Que por Decreto Supremo N° 08015 de 13 junio de 1967, se organiza el Consejo Nacional de Vivienda, y en su artículo 6° se determina la constitución de su Directorio, habiéndose omitido al Ministerio de Salud Pública dentro de su formación;

 

Que, dentro de las funciones señaladas a cumplir por el Consejo Nacional de Vivienda, Ministerio de Salud Pública tiene que aportar como un organismo técnico a travéz de su representación en las deliberaciones del Directorio:

 

EN CONSEJO DE MINISTROS,

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO ÚNICO.- Al Directorio del Consejo Nacional de Vivienda, creado por D.S. N° 08015, se agregará, a partir de la fecha un representante del Ministerio de Salud Pública.

 

El señor Ministro de Salud Pública, queda encargado de la ejecución y cumplimiento del presente Decerto.

 

Es dado en el Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los 27 días del mes de marzo de mil novecientos sesenta y ocho años.

 

FDO. GRAL. RENE BARRIENTOS ORTUÑO, Tomás Guillermo Elío; José Romero Loza; Enrique Gallardo B.; Hugo Carmona M.; Mario Estenssoro V.; Gustavo Méndez T.; Miguel Bonifaz P.; Alberto Larrea H.; Lucio Paz R.; Jesús Lijerón R.; Juan Asbún Z.; Jorge Solíz R.; Juan Lechín S.; Rolando Pardo R.; Marcelo Galindo de U.

 

tcb./

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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