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Gaceta Oficial del Estado Plurinacional de Bolivia
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DECRETO PRESIDENCIAL N° 5702
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado determina que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o el Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las Ministras y los Ministros de Estado.
Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 del Texto Constitucional establecen que es atribución de la Presidenta o del Presidente del Estado, entre otros, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 27 del Decreto Supremo N° 5675, de 13 de agosto de 2026, Organización del Órgano Ejecutivo, dispone que la administración central se organiza en Ministerios, entre los que se encuentra el Ministerio de Defensa.
Que el Parágrafo I del Artículo 109 del Decreto Supremo N° 5675 señala que en caso de viaje oficial al extranjero o ausencia temporal de una Ministra o Ministro, la Presidenta o Presidente del Estado designará interinamente, mediante Decreto Presidencial, a una Ministra o Ministro para que asuma el cargo.
Que mediante la Nota MD-SD-DGAJ-UAJ N° 1429/2026, el ciudadano Ernesto Justiniano Urenda, Ministro de Defensa, comunica que se ausentará del país en misión oficial del 8 al 12 de septiembre del presente año, a la ciudad de Washington D.C. – Estados Unidos de América, a objeto de participar en reuniones oficiales para abordar temas de interés común vinculados al ámbito de defensa, cooperación institucional y fortalecimiento de relaciones bilaterales, razón por la cual solicita se designe Ministra o Ministro Interino, mientras dure su ausencia, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 109 del Decreto Supremo Nº 5675.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE DEFENSA, al ciudadano Williams José Bascope Laruta, Ministro de Trabajo, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno, a los ocho días del mes de septiembre del año dos mil veintiséis.
Fdo. Rodrigo Paz Pereira, Fernando Hugo Aramayo Carrasco.
TEXTO DE CONSULTA
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