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LEY N° 1758
LEY DE 14 DE AGOSTO DE 2026
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTICULO ÚNICO.
I. Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia, al espacio cultural denominado “Feria Anual de Natividad”, que se desarrolla en el Municipio de Viacha, Provincia Ingavi del Departamento de La Paz.
II. El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Turismo Sostenible, Culturas, Folklore y Gastronomía, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de La Paz y el Gobierno Autónomo Municipal de Viacha, en el marco de sus atribuciones y competencias, quedan encargados de la implementación de políticas de difusión, preservación, conservación, protección y salvaguardia del espacio cultural denominado “Feria Anual de Natividad”.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los treinta días del mes de julio del año dos mil veintiséis.
Fdo. Diego E. M. Ávila Navajas, Roberto Julio Castro Salazar, Rosa Tatiana Añez Carrasco, Mario Lima Paz, Glenda M, Aguilera Padilla.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los catorce días del mes de agosto del año dos mil veintiséis.
Fdo. Rodrigo Paz Pereira, Fernando Hugo Aramayo Carrasco, Hector Francisco Huanca Gutierrez.
TEXTO DE CONSULTA
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