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LEY N° 1712
LEY DE 09 DE FEBRERO DE 2026
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se declara de prioridad nacional la incorporación a la Red Vial Fundamental del Tramo Mukden – San Pedro de Bolpebra, en la Provincia Nicolás Suárez del Departamento de Pando.
ARTÍCULO 2. El Ministerio de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, a través de la Administradora Boliviana de Carreteras ABC, en coordinación con las Entidades Territoriales Autónomas del Departamento de Pando, en el marco de sus competencias, deberán realizar las gestiones necesarias para el cumplimiento efectivo de la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Omar Yabhat Yujra Santos, Roberto Padilla Bedoya, Gustavo Vega Piña, Claudia Elena Egüez Algarañaz, José Maldonado Gemio.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de febrero del año dos mil veintiséis.
Fdo. Rodrigo Paz Pereira, José Luis Lupo Flores, Mauricio Zamora Liebers.
TEXTO DE CONSULTA
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