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DECRETO PRESIDENCIAL N° 5540
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo I del Artículo 165 de la Constitución Política del Estado determina que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o el Presidente del Estado, la Vicepresidenta o el Vicepresidente del Estado, y las Ministras y los Ministros de Estado.
Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 del Texto Constitucional establecen que es atribución de la Presidenta o del Presidente del Estado, entre otros, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 13 del Decreto Supremo N° 4857, de 6 de enero de 2023, Organización del Órgano Ejecutivo, modificado por los Decretos Supremos N° 5488, de 16 de noviembre de 2025 y N° 5493, de 24 de noviembre de 2025, señala la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo compuesta por Ministras y Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia, entre los que se encuentra la Ministra(o) de Economía y Finanzas Públicas.
Que el Parágrafo I del Artículo 118 del Decreto Supremo N° 4857, dispone que en ausencia temporal de una Ministra(o) la Presidenta o Presidente del Estado Plurinacional, mediante Decreto Presidencial, designará interinamente a una Ministra(o) del área y una Viceministra(o) designada(o) administrará operativamente el ministerio.
Que mediante nota MEFP/DGAJ/DD/NE/N° 097/2026 y sus antecedentes, el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas comunica que el titular de esta cartera de Estado, José Gabriel Espinoza Yáñez, se ausentará del país en misión oficial del 3 al 8 de febrero del presente año, a la ciudad de Washington D.C. – Estados Unidos de Norteamérica, a objeto de participar en el Taller para las Finanzas Públicas de Bolivia del Grupo Banco Mundial, razón por la cual se debe designar Ministra o Ministro Interino, de conformidad a lo dispuesto por el Parágrafo I del Artículo 118 del Decreto Supremo N° 4857.
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.- Desígnese MINISTRO INTERINO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS, al ciudadano Mauricio Zamora Liebers, Ministro de Obras Públicas, Servicios y Vivienda, mientras dure la ausencia del titular.
Es dado en el Palacio de Gobierno, a los tres días del mes de febrero del año dos mil veintiséis.
Fdo. Rodrigo Paz Pereira, José Luis Lupo Flores.
TEXTO DE CONSULTA
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