DECRETO PRESIDENCIAL N° 5486
RODRIGO PAZ PEREIRA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
CONSIDERANDO:
Que la Constitución Política del Estado, determina que Bolivia se constituye en un Estado Unitario Social de Derecho Plurinacional Comunitario, libre, independiente, soberano, democrático, intercultural, descentralizado y con autonomías.
Que el Parágrafo I del Artículo 165 del Texto Constitucional, establece que el Órgano Ejecutivo está compuesto por la Presidenta o Presidente del Estado, la Vicepresidenta o Vicepresidente del Estado y las Ministras y/o Ministros de Estado.
Que los numerales 4 y 22 del Artículo 172 de la Constitución Política del Estado, disponen que es atribución del Presidente del Estado Plurinacional, entre otros, dirigir la administración pública y coordinar la acción de los Ministros de Estado; y designar a las Ministras y a los Ministros de Estado.
Que el Parágrafo I del Artículo 13 del Decreto Supremo N° 4857, de 6 de enero de 2023, señala la estructura organizativa del Órgano Ejecutivo compuesta por Ministras y Ministros del Estado Plurinacional de Bolivia.
DECRETA:
ARTÍCULO UNO.-
I. Se designa como Ministros de Estado a los siguientes ciudadanos:
- Fernando Hugo Aramayo Carrasco
MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES
- José Luis Lupo Flores
MINISTRO DE LA PRESIDENCIA E INTERINO DE DESARROLLO RURAL Y TIERRAS
- Marco Antonio Oviedo Huerta
MINISTRO DE GOBIERNO
- Raúl Marcelo Salinas Gamarra
MINISTRO DE DEFENSA
- José Fernando Romero Pinto
MINISTRO DE PLANIFICACIÓN DEL DESARROLLO
- José Gabriel Espinoza Yáñez
MINISTRO DE ECONOMÍA Y FINANZAS PÚBLICAS
- Sergio Mauricio Medinacelli Monrroy
MINISTRO DE HIDROCARBUROS Y ENERGÍAS E INTERINO DE MINERIA Y METALURGIA
- Mauricio Zamora Liebers
MINISTRO DE OBRAS PÚBLICAS, SERVICIOS Y VIVIENDA
- Freddy Alejandro Vidovic Falch
MINISTRO DE JUSTICIA Y TRANSPARENCIA INSTITUCIONAL E INTERINO DE CULTURAS, DESCOLONIZACIÓN Y DESPATRIARCALIZACIÓN
- Edgar Morales Mamani
MINISTRO DE TRABAJO, EMPLEO Y PREVISIÓN SOCIAL
- Marcela Tatiana Flores Zambrana
MINISTRA DE SALUD Y DEPORTES
- Oscar Mario Justiniano Pinto
MINISTRO DE MEDIO AMBIENTE Y AGUA E INTERINO DE DESARROLLO PRODUCTIVO Y ECONOMÍA PLURAL
- Beatriz Elena García de Acha
MINISTRA DE EDUCACIÓN
II. Las y los ministros de Estado designados tomarán posesión de sus carteras de Estado en el día, en acto oficial a celebrarse en el Palacio de Gobierno.
ARTÍCULO DOS.-
I. De conformidad a lo dispuesto por el art. 13 numeral II) del Decreto Supremo N° 4857, se designa como Ministra sin Cartera a la ciudadana:
- Cinthya Martha Yáñez Eid
MINISTRA SIN CARTERA ENCARGADA DE TURISMO Y GASTRONOMÍA
II. La Ministra sin Cartera encargada de Turismo y Gastronomía tendrá las siguientes atribuciones:
- Formular, proponer y ejecutar políticas públicas en materia de turismo, gastronomía y patrimonio culinario nacional, en coordinación con los niveles subnacionales de gobierno.
- Diseñar planes estratégicos para el desarrollo sostenible del turismo y la gastronomía, orientados a la valorización de la identidad cultural, la inclusión productiva, la innovación y el fortalecimiento de la marca país.
- Promover la imagen del país como destino turístico y gastronómico, a nivel nacional e internacional, articulando campañas, ferias, eventos, circuitos temáticos y plataformas digitales.
- Fomentar el turismo comunitario, rural e indígena originario campesino, integrando saberes ancestrales, prácticas sostenibles y circuitos gastronómicos locales, con enfoque de equidad y sostenibilidad.
- Impulsar la inversión pública, privada y extranjera en infraestructura turística, servicios hoteleros y emprendimientos gastronómicos, en coordinación con los Ministerios de Planificación del Desarrollo, Economía y Finanzas Públicas, y Desarrollo Productivo y Economía Plural.
- Establecer y supervisar la aplicación de normas técnicas y estándares de calidad para servicios turísticos, operadores, guías, restaurantes y centros de formación gastronómica, promoviendo buenas prácticas y certificaciones de calidad.
- Impulsar la formación profesional, técnica y académica en turismo, hotelería y gastronomía, mediante programas de capacitación, certificación e investigación, en coordinación con el Ministerio de Educación y universidades públicas y privadas.
- Preservar, rescatar y difundir el patrimonio cultural, natural y culinario del país, en coordinación con el Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, el Ministerio de Medio Ambiente y Agua, y otras entidades competentes.
- Coordinar interinstitucionalmente la articulación entre turismo, medio ambiente y patrimonio cultural, promoviendo la sostenibilidad, la conservación de ecosistemas turísticos y el aprovechamiento responsable de los recursos naturales.
- Representar al Estado ante organismos internacionales, foros especializados y redes de cooperación en materia de turismo y gastronomía, así como suscribir convenios de cooperación técnica y cultural, dentro de los límites de su competencia y en coordinación con el Ministerio de Relaciones Exteriores.
- Gestionar cooperación técnica y financiera, pública y privada, nacional e internacional, destinada al fortalecimiento institucional, la innovación y la competitividad del sector turístico y gastronómico.
- Ejercer funciones de regulación, fiscalización y control en el ámbito de su competencia.
III. La ciudadana designada tomará posesión de su cargo en el día, en acto oficial a celebrarse en el Palacio de Gobierno.
Es dado en el Palacio de Gobierno, a los nueve días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.
Fdo. Rodrigo Paz Pereira
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL
DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA