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Bolivia


TEXTO DE CONSULTA
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LEY N° 1687
LEY DE 05 DE NOVIEMBRE DE 2025

LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,

DECRETA:

DECLARA PATRIMONIO CULTURAL INMATERIAL
DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
AL CARNAVAL CHICHEÑO "ASÍ ES MI TIERRA"

ARTÍCULO ÚNICO.

I.            Se declara Patrimonio Cultural Inmaterial del Estado Plurinacional de Bolivia al Carnaval Chicheño "Así es mi tierra", que se desarrolla en el Municipio de Tupiza de la Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí.

II.          El Órgano Ejecutivo, a través del Ministerio de Culturas, Descolonización y Despatriarcalización, en coordinación con el Gobierno Autónomo Departamental de Potosí y el Gobierno Autónomo Municipal de Tupiza, en el marco de sus competencias, quedan encargados de la protección, promoción, difusión y salvaguardia del Carnaval Chicheño "Así es mi tierra".

Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.

Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintinueve días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.

Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Omar Al Yabhat Yujra Santos, Roberto Padilla Bedoya, Gustavo Vega Piña, Claudia Elena Egüez Algarañaz, Jose Maldonado Gemio.

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.

Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Zenón Pedro Mamani Ticona, Esperanza Guevara.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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