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LEY N° 1668
LEY DE 05 DE NOVIEMBRE DE 2025
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I. De conformidad con el numeral 13, Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado Plurinacional, se aprueba la transferencia a título gratuito del bien inmueble con una superficie total de 175,25 metros cuadrados (m2) de propiedad del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, registrado en las oficinas de Derechos Reales, bajo Folio Real con Matrícula Computarizada N° 1.01.1.99.0057184; ubicado en la Calle Olañeta N° 105 de la Ciudad de Sucre, Municipio de Sucre – Provincia Oropeza del Departamento de Chuquisaca y cuyas colindancias; según la Jefatura de Catastro del Gobierno Autónomo Municipal de Sucre, son: al Norte, con Franz Santiago Rodríguez Miranda y Eufronia Verónica Soto Pillco; al Sur, con rebeca Ramallo de Saavedra; al Este, con Magaly sardinas Cuiza y Copropietarios y al Oeste, con la Calle Olañeta; a favor de los Trabajadores Constructores del Departamento de Chuquisaca, representados por la Federación Sindical de Trabajadores en Construcción de Chuquisaca, para ser destinados exclusivamente al uso y funcionamiento de su sede social.
II. En caso de que los beneficiarios den al bien inmueble un uso distinto al establecido en la presente Ley o por disolución de la organización sindical, el bien inmueble retornara de forma automática al patrimonio del Estado.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veintiocho días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Omar Al Yabhat Yujra Santos, Claudia Elena Egüez Algarañaz, Gustavo Vega Piña, Miguel Perez Sandoval, Jose Maldonado Gemio.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los cinco días del mes de noviembre del año dos mil veinticinco.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Víctor Pedro Quispe Ticona.
TEXTO DE CONSULTA
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