LEY N° 1653
LEY DE 23 DE OCTUBRE DE 2025
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13, Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la transferencia, a título gratuito, de un bien inmueble de dominio público con una superficie de 50.000,00 hectáreas (Ha), fracción de una superficie total de 58.771,5 hectáreas (Ha), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de San Buenaventura, ubicado en la Comunidad 25 de Mayo del Municipio San Buenaventura, Provincia Abel Iturralde del Departamento de La Paz, registrado en oficinas de Derechos Reales de Caranavi, bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 2.15.1.05.0000149 Vigente, cuyas colindancias son: al Norte, Comunidad 25 de Mayo; al Sur, Gobierno Autónomo Municipal de San Buenaventura (equipamiento de 8.771,5 Ha); al Este, Gobierno Autónomo Municipal de San Buenaventura (equipamiento de 8.771,5 Ha); y al Oeste, Municipio San Buenaventura (Área Escolar); a favor del Instituto Nacional de Innovación Agropecuaria y Forestal - INIAF, con destino exclusivo para la Construcción del Centro de Innovación de Tecnologías de Especies Oleíferas, de conformidad con la Ley Municipal N° 119/2023 promulgada el 26 de enero de 2023, modificada por la Ley Autonómica Municipal N° 151/2024 promulgada el 19 de diciembre de 2024 y la Ley Autonómica N° 157/2025 promulgada el 09 de junio de 2025, emitidas por el Gobierno Autónomo Municipal de San Buenaventura.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los diecisiete días del mes de septiembre del año dos mil veinticinco.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Deisy Judith Choque Arnez, Roberto Padilla Bedoya, Delfor Germán Burgos Aguirre, Miguel Perez Sandoval, José Maldonado Gemio.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veintitrés días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Juan Yamil Flores Lazo.