LEY N° 1644
LEY DE 09 DE OCTUBRE DE 2025
LUIS ALBERTO ARCE CATACORA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO 1. Se declara de Prioridad Nacional la Incorporación a la Red Vial Fundamental el tramo: Cruce Padcoyo – San Lucas Departamento de Chuquisaca y Departamento de Potosí los tramos: Qhalapaya – Suchina – Cruce Turuchipa.
ARTÍCULO 2. El Órgano Ejecutivo deberá realizar las gestiones necesarias ante la cooperación internacional para la consecución de recursos financieros con destino al estudio de factibilidad, de impacto ambiental, ingeniería y diseño final para el cumplimiento de la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, al primer día del mes de octubre del año dos mil veinticinco.
Fdo. Andrónico Rodríguez Ledezma, Omar Al Yabhat Yujra Santos, Roberto Padilla Bedoya, Delfor Germán Burgos Aguirre, Claudia Elena Egüez Algarañaz, José Maldonado Gemio.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los nueve días del mes de octubre del año dos mil veinticinco.
Fdo. Luis Alberto Arce Catacora, Maria Nela Prada Tejada, Edgar Montaño Rojas.