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LEY Nº 4129

LEY DE 4 DE DICIEMBRE DE 2009

 

EVO MORALES AYMA

PRESIDENTE DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA

 

Por cuanto, el Honorable Congreso Nacional, ha sancionado la siguiente Ley:

 

EL HONORABLE CONGRESO NACIONAL

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO. En uso de la atribución conferida por el Artículo 158, parágrafo I, numeral 13 de la Constitución Política del Estado, y el Artículo 12, numeral 13 de la Ley No. 2028 de Municipalidades, de 28 de octubre de 1999, se autoriza al Gobierno Municipal de Villamontes, Tercera Sección de la Provincia Gran Chaco del Departamento de Tarija, la transferencia, a título gratuito, de un terreno ubicado en el Barrio Bolívar, Manzano s/n lote s/n con una superficie total de 95,695.71 m2 en favor de la Universidad Autónoma Juan Misael Saracho, terreno que será destinado exclusivamente para la construcción de un Campus Universitario.

 

Con los siguientes límites y colindancias:

Al Norte: Colinda con la calle Cochabamba, mide 19,29 m., 110,56 m. y 297,05 m.

Al Sur: Colinda con la calle Gualberto Villarroel, mide 460,01 m.

Al Este: Colinda con la calle Leonardo Olmos, mide 220,13 m.

Al Oeste: Colinda con la calle s/n, mide 168,01 m.

 

Y sus coordenadas son:

P1 – x = 449355,14 Y = 7648818,42

P2 – x = 449394,80 Y = 7648981,69

P3 – x = 449412,91 Y = 7648975,04

P4 – x = 449522,36 Y = 7648974,44

P5 – x = 449566,37 Y = 7648997,64

P6 – x = 449854,72 Y = 7648926,28

P7 – x = 449802,75 Y = 7648712,38

 

Remítase al Órgano Ejecutivo, para fines Constitucionales.

 

Es dada en la Sala de Sesiones del Honorable Congreso Nacional, a los once días del mes de noviembre de dos mil nueve años.

 

Fdo. Oscar Ortiz Antelo, Hilario Calisaya Quispe, Orlando Careaga Alurralde, Santos Javier Tito Velíz, Martín Mollo Soto, Santos Tobías Maida Rojas.

 

Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.

 

Palacio de Gobierno de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de diciembre de dos mil nueve años.

 

FDO. EVO MORALES AYMA, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Romero Bonifaz, Roberto Iván Aguilar Gómez.

SUSCRIPCIÓN OBLIGATORIA
DECRETO SUPREMO Nº 690

03 DE NOVIEMBRE DE 2010 .- Dispone la suscripción obligatoria, sin excepción alguna, de todas las entidades del sector público que conforman la estructura organizativa del Organo Ejecutivo, así como de entidades y empresas públicas que se encuentran bajo su dependencia o tuición, a la Gaceta Oficial de Bolivia, dependiente del Ministerio de la Presidencia, para la obtención física de Leyes, Decretos y Resoluciones Supremas.

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